Los servicios de cuidado personal son servicios cubiertos por Medicaid que asisten a personas que tienen discapacidades o enfermedades y requieren ayuda con las actividades de la vida diaria. Las organizaciones de atención administrada de Medicaid y los departamentos locales de servicios sociales contratan.
Los Servicios de Asistencia Personal Dirigidos por el Consumidor (CDPAS, por sus siglas en inglés) brindan asistencia a personas con enfermedades crónicas o discapacidades físicas que tienen una necesidad médica de ayuda con las actividades de la vida diaria, o que requieren servicios de enfermería especializada; dichos servicios son dirigidos enteramente por la persona que los recibe o a través de un representante de la misma. La persona beneficiaria, o su representante, dirige la contratación, la capacitación y la supervisión de los cuidadores que ha seleccionado para los servicios cubiertos por Medicaid. Los servicios de CDPAS prestados por un asistente personal pueden incluir cualquiera de los servicios que normalmente proporciona un asistente de cuidado personal (asistente domiciliario), un asistente de salud en el hogar o un enfermero.
Las actividades de la vida diaria son tareas básicas relacionadas con el autocuidado. Estas tareas pueden incluir:
Los beneficiarios de Medicaid pueden recibir servicios de cuidado personal y/o servicios de asistencia personal dirigidos por el consumidor.
Existen requisitos de elegibilidad para recibir servicios de cuidado personal y/o servicios de asistencia personal dirigidos por el consumidor. Las personas deben someterse a una evaluación para determinar si califican.